El Reglamento (UE) Nº 1169/2011 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 25 Octubre de 2011 que será aplicable a partir del 13 de diciembre de 2014, es un reglamento obligatorio y directamente aplicable en España y recoge, entre otras medidas:
La obligatoriedad de los establecimientos de comidas (bares, restaurantes, comida para llevar, etc…) de informar a los consumidores sobre las sustancias alérgenas contenidas en los alimentos, que hasta ahora no tenían esta obligación.
Ya esta a nuestra disposición ofrecer el nuevo curso formativo «ALERGIAS E INTOLERANCIAS ALIMENTARIAS» tanto en modalidad ON LINE como a DISTANCIA.
El curso está orientado hacia cualquier empresa operadora dentro del sector alimentario, ofreciendo formación e información en este ámbito, tanto para empresarios como para los trabajadores.
La presencia no declarada de un alérgeno se considerará un peligro de intoxicación alimentaria y deriva en responsabilidades penales para el establecimiento.
Así las empresas que no cumplan con las técnicas de autocontrol en materia de seguridad alimentaria se enfrentan a sanciones que van desde los 5.000 € a los 600.000 €