Cómo se regulará la compraventa de uva en la nueva vendimia

//Cómo se regulará la compraventa de uva en la nueva vendimia

Cómo se regulará la compraventa de uva en la nueva vendimia

  La Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) ha comenzado a divulgar entre el sector vitivinícola la aplicación de la Ley de la Cadena Alimentaria en el sector del vino y, en concreto, la Nota interpretativa elaborada por el Ministerio sobre la aplicación en los contratos de compraventa de uva de vinificación de los plazos de pago previstos en la citada Ley.

 

vendimia

  El director de la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA), José Miguel Herrero, ha intervenido en diferentes jornadas informativas con el sector vitivinícola, unos encuentros que ya se han celebrado, a lo largo del mes de julio, en las localidades de Almendralejo (Badajoz), Jumilla (Murcia), Logroño, Villafranca del Penedés (Barcelona) y Valladolid.

José Miguel Herrero ha explicado en estas jornadas la aplicación de la Ley de la Cadena Alimentaria en el sector del vino y, en concreto, la Nota interpretativa elaborada por el Ministerio sobre la aplicación en los contratos de compraventa de uva de vinificación de los plazos de pago previstos en la Ley, una Nota que, según el director de la AICA “permite a los inspectores de AICA contar con criterios objetivos y claros a la hora de realizar sus inspecciones y comprobar el cumplimiento de la Ley de la Cadena Alimentaria”.

Pago en 30 días

Para Herrero, “el principal objetivo de esta Nota es aclarar la interpretación del cómputo de los plazos de pago en las operaciones de compraventa de uva de vinificación”. Según ha explicado, el pago del precio acordado será de 30 días, que se empezará a contar desde el día de la finalización de la entrega de la uva.

Además ha subrayado que “en esta vendimia toda la uva entregada por los viticultores deberá contar con un contrato, un precio determinado o determinable, y ser pagada con un precio base, en un plazo máximo de 30 días”, asegurando que el Ministerio ha constatado “una buena voluntad para cumplir con los nuevos requisitos establecidos en la Ley de la Cadena. En particular hemos recibido numerosas consultas de bodegas y viticultores en las que observamos que existe voluntad de cumplir la ley”.

También ha anunciado que, coincidiendo con la próxima vendimia, AICA va a realizar inspecciones en el sector para comprobar la existencia de contratos en las operaciones de compraventa.

La Nota del Ministerio

Según establece el contenido textual de la Nota interpretativa, “el pago del pago del precio acordado, con sujeción a la normativa vigente, será de 30 días, siendo el día inicial del cómputo del citado plazo el de la finalización de la entrega de la uva”.

“En aquellas Denominaciones de Origen, Indicaciones geográficas protegidas u otras figuras de calidad que, en las que en el momento de la entrega de la uva no se conozca con exactitud si la misma reúne los requisitos exigidos en el propio contrato y deba realizarse para ello una validación de cosecha, si de dicha verificación resultare un precio superior al inicialmente pactado, el día inicial del plazo de pago de la diferencia hasta dicho precio —que también deberá estar previsto en el contrato inicial o ser incorporado al mismo mediante el correspondiente anejo al contrato— es el de la comunicación fehaciente al comprador y al vendedor del resultado de la verificación”.

 

  La Agencia de Información y Control Alimentarios (A.I.C.A) es un organismo autónomo, adscrito al Ministerio de agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, a través de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación, creado con la Ley 12/2013, de 2 de agosto, de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.
  La AICA sustituye en el ejercicio de sus funciones a la Agencia para el Aceite de Oliva (AAO), y se subroga en todos sus convenios, derechos, obligaciones y demás negocios jurídicos relativos o suscritos por la AAO.
  Los fines de la A.I.C.A son:

a) Gestión de los sistemas de información y control de los mercados oleícolas, lácteos y los de aquellos otros que el Ministerio determine mediante Real Decreto.

b) Control del cumplimiento de lo dispuesto en la Ley de medidas para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

 

Fuente: Autor  Diario de Gastronomía
By |2018-12-16T20:19:59+00:00julio 23rd, 2015|Noticias|Comentarios desactivados en Cómo se regulará la compraventa de uva en la nueva vendimia

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