ANTEPROYECTO DE LEY DE FOMENTO Y PROMOCIÓN DEL TRABAJO AUTÓNOMO AUTÓNOMO Y DE LA ECONOMÍA SOCIAL.
Objetivos:
- Facilitar el inicio de una actividad emprendedora: con medidas como la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven o la Ley de Emprendedores y su Internacionalización.
- Respaldar y ayudar a los que ya han emprendido: con medidas como el plan de Pago a proveedores, proveedores, que ha permitido mantener su actividad a miles de autónomos.
- Mejorar las condiciones en que los emprendedores ejercen su actividad: mejorando su protección social, posibilitando la segunda oportunidad y facilitando la conciliación familiar o personal.
- Ordena y sistematiza los incentivos al autoempleo para proporcionar una mayor transparencia y seguridad jurídica, al tiempo que desarrolla el Estatuto del Trabajo Autónomo y la Ley de Economía Social.
- Amplía incentivos ya previstos a todas las edades y/o a otros colectivos protegidos y recoge otros nuevos.
- Se refuerzan refuerzan los mecanismos mecanismos de segunda segunda oportunidad oportunidad.
- Se fomenta la contratación y la incorporación de socios trabajadores a las cooperativas y sociedades laborales.
- Refuerza los mecanismos de protección, especialmente para los autónomos económicamente dependientes.
AUTÓNOMOS. Tarifa plana para autónomos autónomos
- Fija la cuantía de la cuota en 50 euros exactos para los nuevos autónomos que opten por cotizar por la base mínima durante los primeros 6 meses.
- Mantiene los incentivos previstos a los autónomos que inicien una actividad y, con posterioridad, contraten a trabajadores.
- Extiende los supuestos de Tarifa Plana Especialmente Protegida a las víctimas del terrorismo y de la violencia de género y a las personas con di id d discapacidad, con independencia de su edad.
- Extiende la posibilidad de capitalizar hasta el 100% (pago único) de la prestación por desempleo para inversión con independencia de la edad del solicitante.
- Se podrá realizar también una aportación al capital social de todo tipo de sociedades mercantiles de nueva creación y utilizar parte de la capitalización para cubrir los gastos de constitución .
- Abre la posibilidad de compatibilizar la prestación por desempleo con el alta en el RETA.
- Y amplía el plazo para la reanudación de la prestación por desempleo hasta los 60 meses para los autónomos.
- Amplía el incentivo previsto para el alta en la afiliación de nuevos familiares colaboradores hasta 24 meses.
- Se introduce la posibilidad de que los TRADES puedan contratar en los casos de conciliación.
- Además, se recogen en el título V del Estatuto del Trabajo Autónomo, el resto de incentivos previstos para el autoempleo como la recientemente aprobada bonificación por conciliación de la vida profesional y familiar.
- Se establece una bonificación de 800 euros/ año a lo largo de tres años para facilitar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a las cooperativas y sociedades laborales. En el caso de menores de 30 años (35 para personas con discapacidad) discapacidad) se aumenta la cuantía a 1 650 euros durante el primer año.
- Se mantienen las bonificaciones de hasta 1.650 euros a favor de las empresas de inserción cuando contraten a personas en situación de riesgo o de exclusión social.
- Se favorece el tránsito del empleo protegido a las empresas ordinarias con una bonificación de 1.650 euros el primer año y de hasta 600 euros durante los 3 años siguientes cuando contraten a personas en riesgo de exclusión que provengan de empresas de inserción.
- Se reconoce a los Centros Especiales de Empleo y a las Empresas de Inserción, así como a cooperativas y sociedades laborales de fin social, como entidades prestadoras de servicios de iteres económico general.
- Se amplían las reservas de participación previstas en los procesos públicos de licitación.
Con el impulso de las medidas de fomento del autoempleo se estima que, desde 2014 y hasta 2019, la afiliación de autónomos pueda crecer en 550.000 personas.
Esta cifra permitiría alcanzar los 3.600.000 afiliados al régimen especial de autónomos.